- Un papelito arrojado al piso le podría significar ahora una multa de hasta cinco salarios
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La medida, que arrancará desde septiembre, contempla tres meses de sanciones pedagógicas. Después vendrán las multas.
Las amonestaciones para aquellos ciudadanos que cometan infracciones ambientales en vías o sitios públicos ya son una realidad, gracias al decreto 349 de 2014 aprobado por la Alcaldía de Bogotá y en el que se reglamenta su imposición y aplicación inmediata.
Esas medidas van desde “arrojar basuras de un vehículo automotor o de tracción humana o animal en movimiento o estático”, hasta aquellas personas que al pasear sus mascotas por los parques y vías de la ciudad permitan “la deposición de heces fecales” sin practicar la debida recolección.
La primera de las infracciones contempla una multa de un salario mínimo mensual legal vigente ($616.000), que se impondrá al pasajero infractor o en su defecto al conductor o propietario del vehículo, hasta los cinco s.m.d.l.v. para el segundo de los casos, indica la norma.
Igualmente, el decreto sanciona la quema de basuras, el abandono de residuos sólidos en vía pública; parques y/o humedales, sacar basuras en días no estipulados para su recolección y el no separar residuos reciclables de los no reciclables.
La mayoría de las infracciones involucran directamente a la población recicladora de la ciudad. Por ejemplo, si no administran “con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifican, comercializan y reciclan residuos sólidos”, serán multados con 15 salarios mínimos.
Tampoco podrán “destapar y extraer, parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para la basura, una vez puestos para su recolección”, lo que indica que los bogotanos tendrán que reciclar en la bolsa blanca para que en la práctica los recicladores no sean multados.
Para la imposición del comparendo se tendrán en cuenta “las denuncias formuladas por la comunidad; el censo de puntos críticos realizado por la empresa de aseo; el conocimiento directo que tengan los miembros de la Policía Nacional, los Agentes de Tránsito, los Inspectores de Policía y los Corregidores como autoridades investidas legalmente”, advierte el citado decreto.
Así las cosas, el infractor será citado a una charla de educación ambiental de cuatro horas y deberá cancelar el 50% de la multa. De no asistir, tendrá que pagar el 100% y “reprogramar la charla en la Secretaría Distrital de Ambiente”.
La entidad encargada de los comparendos que tengan relación con infracciones en vías o espacios públicos, causadas desde vehículos automotores o de tracción humana o animal, será la Secretaría de Movilidad, la misma entidad que estuvo en el ojo del huracán por supuestamente exigir cuotas de comparendos a la policía con tal de no acabar con la institución.
FUENTE:http://www.pulzo.com/